“Jornada de Comunicación y Transparencia en las administraciones públicas” del Ayuntamiento de Eibar


El Teatro Coliseo acogió el jueves, 2 de diciembre, la “Jornada de Comunicación y Transparencia en las administraciones públicas”, organizada por el propio Ayuntamiento de Eibar.

A través de la misma, se pretendió visibilizar y dar a conocer la labor de las administraciones públicas en materia de comunicación y transparencia, y se trató de aportar soluciones de mejora para todo tipo de organizaciones públicas, de la mano de grandes expertos/as en la materia.

¡Muchas gracias a todos/as los/as asistentes, así como a todas aquellas personas que siguieron el evento vía streaming, a través del canal oficial de YouTube del Ayuntamiento!

Puedes volver a ver el evento al completo aquí: https://www.youtube.com/watch?v=sc3VzPoV_60

Jornada de Comunicación y Transparencia en las administraciones públicas @EibarkoUdala

El evento tendrá lugar en el Teatro Coliseo de Eibar el 2 de diciembre de 2021, de 08:45 a 18:00 horas. A través del mismo, se pretende visibilizar y dar a conocer la labor de las administraciones públicas en materia de comunicación y transparencia, y aportar soluciones de mejora para todo tipo de organizaciones públicas.

En total, tendrán lugar 7 conferencias, en horario de mañana (09:30-13:30) y 2 mesas redondas (16:00-17:30) sobre cuestiones de comunicación institucional y transparencia municipal, de la mano de distintos/as expertos/as en la materia.

La Jornada también se podrá seguir vía streaming, a través del canal oficial de YouTube del Ayuntamiento, y para la difusión de la misma en redes sociales se utilizará el hashtag #EibarKomunika

https://www.eibar.eus/es/ayuntamiento/jornada-de-comunicacion-y-transparencia-en-las-administraciones-publicas

La transparencia en el gobierno local (Manuel Villoria)

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La transparencia se ha convertido en uno de los valores retóricamente dominantes en las políticas públicas y en el discurso político de nuestro país. En el nivel de gobierno local esta preferencia está generando algunos instrumentos y prácticas muy interesantes, que van más allá del marketing electoral y de las proclamas anti-corrupción. En el ámbito local numerosos gobiernos se han tomado muy en serio estas políticas de transparencia y configurado unas prácticas dignas de análisis y, muchas, veces, elogio. Es sorprendente ver cómo mientras la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno , establece en su Disposición Final Novena que la regulación referida a transparencia y derecho de acceso tiene una vacatio legis de dos años para los gobiernos locales….

Resto del post:

http://www.idluam.org/blog/?p=290

Transparencia, protección de datos, RPT y retribuciones empleados

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La disposición adicional quinta de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno establece que «El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Agencia Española de Protección de Datos adoptarán conjuntamente los criterios de aplicación, en su ámbito de actuación, de las reglas contenidas en el artículo 15 de esta Ley».

En el presente informe de la AEPD estudia el impacto de la ley transparencia en las RPTs y publicación de retribuciones de empleados públicos.

Informe completo:

Haz clic para acceder a Criterios_CTBG-AEPD_23-3-2015.pdf

Acceso a la información, transparencia y protección de datos: doctrina de la AVPD

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En esta obra se recoge una selección de informes jurídicos elaborados por la Agencia Vasca de Protección de Datos relacionados con el acceso a la información, la protección de datos y la transparencia.

Dichos dictámenes se emiten como respuesta a las consultas recibidas y abarcan el período comprendido entre la creación de la AVPD y 2014, año en que se ha celebrado su X aniversario.

La obra, publicada en papel (bilingüe) y en formato electrónico, se divide en varios apartados y reproduce los dictámenes elegidos como los más representativos en estos temas. Se clasifican en cinco apartados:

  • Acceso a la información en el marco del control político.
  • Acceso a la información en relación con datos especialmente protegidos.
  • Publicidad activa y posibilidad de difusión en web de datos personales.
  • Acceso a la información administrativa por particulares.

En general
En el marco de los procesos selectivos
Acceso por sindicatos a la información administrativa

  • Acceso a la información administrativa por otras administraciones públicas

Acceso a la obra:

http://www.avpd.euskadi.net/noticia/2015/nueva-publicacion-de-la-agencia-vasca-de-proteccion-de-datos-acceso-a-la-informacion-transparencia-y-proteccion-de-datos/s04-5273/es/

Y gracias, eskerrik asko, por las 250.000 visitas y los 993 seguidores (casi, casi…)

Transparencia local: progresos y desafíos (Revista Democracia y Gobierno Local)

Transparencia
Revista Democracia y Gobierno Local nº 26/27

Tercer y cuarto trimestre de 2014

Transparencia local: progresos y desafíos

03 Editorial

04 Tema central: La transparencia como política pública en el nivel local

18 Entrevista: Transparencia para fortalecer la democracia

24 Debate: La transparencia desde los Gobiernos locales

30 Se ha publicado en: Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

34 Buenas prácticas: Plataforma MiNT – Madrid iNTeligente

40 Novedades

Acceso a la revista:

http://www.gobiernolocal.org/publicaciones/revista-democracia-gobierno-local/2014/12/30/160

 

Boletín Transparencia EUDEL

Eudel

La Red de Ayuntamientos Vascos por la Transparencia

Productos útiles desarrollados por la Red

Fases de trabajo de la Red

Sesiones y foros de encuentro 

Jornada monográfica sobre portales de transparencia

II Edición del curso sobre transparencia organizado por EUDEL, IVAP y DIPUTACIONES FORALES

Entrada en vigor de la Ley Estatal de Transparencia

Índice de Percepción de la Corrupción 2014 de Transparencia Internacional

Boletín Transparencia nº 3_dic2014

EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (blog Rafael Jimenez Asensio)

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Desde que se anunció a bombo y platillo la tramitación y posterior aprobación (tras un año y medio de gestación) de la Ley de Transparencia, los distintos niveles de gobierno pusieron el foco de atención exclusivamente en una de las dimensiones de la Transparencia, la Publicidad Activa. Los innumerables esfuerzos que algunas Administraciones Públicas han hecho desde la entrada en vigor (e incluso antes) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, para adecuar su práctica de gobierno a los mandatos de la norma son, bien es cierto, dignos de elogio.

Pero con frecuencia se olvida que esa dimensión “activa” de la Transparencia es solo una parte del problema y por mucho que se invierta en ella tiempo y recursos una Administración Pública podrá ser tachada de opaca cuando no haya resuelto cabalmente el otro nudo de la cuestión: articular un sistema estructurado de acceso a la información pública y proveer con celeridad y transparencia esa información solicitada por las personas y entidades que la demanden o, en su caso, dar respuestas rápidas y motivadas en los casos en que ese acceso a la información pública sea denegado.

Resto del post: http://www.estudiconsultoria.com/images/stories/POST-LA_OTRA_TRANSPARENCIA.pdf

 

Transparencia: El (plural) diseño institucional de los órganos de garantía

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Post de Rafael Jimenez Asensio

“Algunos analistas han depositado excesivas esperanzas en que la transparencia restaure la legitimidad y confianza en el sistema político. Sin embargo, hasta lo que ha podido demostrarse, la transparencia no tiene un efecto relevante en ninguna de ellas”

(Politikon, “La urna rota. La crisis política e institucional del modelo español”, Debate, 2014, p. 183).

En un país en el que los distintos niveles de gobierno y sus respectivas administraciones públicas han sido tradicionalmente renuentes a publicitar la información pública relevante y a garantizar el derecho de acceso de los ciudadanos a esa información, es capital para que la apuesta institucional por la Transparencia funcione razonablemente disponer –como expuso en su día Manuel Villoria- de órganos de garantía que, con una configuración de independencia orgánica y funcional del gobierno matriz, puedan hacer efectiva tanto la publicidad activa como el derecho de acceso a la información pública, así como gestionar el resto de atribuciones ligadas, directa o indirectamente, con esas dos dimensiones de la Transparencia en el ámbito de lo público. 

Post completo:

http://www.estudiconsultoria.com/images/stories/TRANSPARENCIA-ORGANOS_DE_GARANTIA.pdf

http://www.estudiconsultoria.com/index.php?option=com_content&view=article&id=538%3Atransparencia-el-plural-diseno-institucional-de-los-organos-de-garantia&catid=35%3Ablog&Itemid=73&lang=es

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca

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¡Cuidado!

Disposición Adicional.- Aplicación de la regulación de esta ley sobre el derecho de acceso a la información pública en el ámbito de las Entidades Locales, y su respectivo sector público, de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

A la entrada en vigor de esta ley, la regulación sobre el derecho de acceso a la información pública que contiene el Título IV resultará de aplicación en el ámbito de las Entidades Locales, y su respectivo sector público, de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Acceso al texto del proyecto de Ley:

http://www.irekia.euskadi.net/uploads/attachments/5156/PL_Administracion_Publica_Vasca.pdf?1410882307

La participación, la transparencia y la colaboración ciudadana en el diseño y evaluación de las políticas públicas, ejes centrales de un proyecto que el Gobierno entrega a la Cámara vasca para el debate de los Grupos Parlamentarios.

  • Entre las novedades destaca que la ciudadanía tendrá derecho a que la Administración Pública vasca responda a sus solicitudes de información pública en un plazo no superior a 15 días, de lo contrario, podrá apelar a la “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena”.
  • Los partidos políticos, las organizaciones empresariales, los sindicatos y todas aquellas entidades que reciban subvenciones públicas estarán afectados por las obligaciones de la  publicidad activa.
  • El proyecto articula por primera vez los requisitos para la creación de entidades públicas: no podrán crearse nuevas que supongan duplicidad y cuyo nacimiento no esté debidamente justificado.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca que será remitido a la Cámara vasca para su debate y aprobación por parte de los Grupos Parlamentarios.

El Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca nace tras diez meses de intenso trabajo, debate y contraste con todos los agentes involucrados y su objetivo es diseñar un nuevo marco jurídico que permita convertir la Administración Pública vasca en un servicio público de calidad, capaz de responder de na manera eficaz a las necesides de la ciudadanía del Siglo XXI y asentado sobre los nuevos principios de la gobernanza: participación, transparencia y colaboración ciudadana en los asuntos públicos.

PROYECTO DE LEY

El Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca consta de 5 títulos, 125 artículos, 3 disposiciones transitorias, 1 disposición adicional, 1 disposición derogatoria y 2 disposiciones finales. Afecta a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, organismos autónomos,  entes públicos de derecho privado, sociedades públicas, fundaciones públicas y  consorcios.

El contenido se estructura en dos grandes bloques:

  • Por un lado, el que tiene que ver con la clasificación, composición y organización del Sector Público Vasco: la regulación de su estructura, funcionamiento y obligaciones, la delimitación de las competencias de cada entidad, la obligación de colaboración y coordinación entre administraciones y los procedimientos de control y registro.
  • Y por otro lado, el que regula los principios de buen gobierno: la planificación y evaluación de las políticas públicas, la mejora de la calidad normativa, la simplificación administrativa, los sistemas de gestión avanzada, la interacción de la ciudadanía con la administración, la publicidad activa y la garantía de acceso a la información pública.

TÍTULO V: AGENCIA VASCA DE TRANSPARENCIA-GARDENA

Entre las principales novedades del texto, destaca que la ciudadanía tendrá derecho a que la Administración Pública vasca le responda a sus solicitudes de información pública en una plazo no superior a 15 días. En el caso de no hacerlo, la ciudadanía podrá acudir a la “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena”, un órgano independiente, de nueva creación, que dirimirá los conflictos que se deriven del ejercicio del derecho de la ciudadanía a la información pública y a la máxima transparencia posible, y los límites legales a tal derecho basados en la protección de datos personales, la seguridad pública, la vida privada, el secreto profesional o los derechos a la propiedad intelectual e industrial.

Su composición será:

  • Presidencia: será nombrada por un periodo no renovable de cinco años, mediante decreto, a propuesta de la persona que ocupe el cargo de titular del Departamento de Administración Pública, previa comparecencia ante la comisión parlamentaria oportuna. Deberá ser una persona profesional, de reconocido prestigio y competente.
  • Consejo Asesor: Una serie de personas, designadas cada una de ellas, en el seno de diversas instituciones: Parlamento vasco, Tribunal de Cuentas Públicas, Ararteko, Agencia de Protección de Datos, Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y EUDEL.

La “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena” promoverá el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, se encargará de salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, e incluso resolverá los recursos en el caso de las administraciones locales y forales, mientras que éstas no tengan establecido para estos casos un órgano de decisión propio.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Otro de los aspectos más novedosos que regula esta normativa es que la ciudadanía podrá participar en la elaboración de los reglamentos y decretos que desarrolle el Gobierno. Se crea la denominada “Iniciativa Reglamentaria Popular” con el objetivo de ampliar la capacidad de participación de la ciudadanía en la elaboración de las normas que les afectan.

Con este mismos objetivo, el proyecto crea la “Plataforma de Gobierno Abierto”, como espacio permanente de interacción entre la Administración Pública vasca y la ciudadanía, para informar, escuchar activamente lo que la ciudadanía expresa en internet, mostrar y coordinar las aportaciones ciudadanas, impulsar el diálogo bidireccional, promover la iniciativa ciudadana en los asuntos públicos y la colaboración público-privada en proyectos que redunden en el bien común.

ENTIDADES PÚBLICAS

En la parte referida a la clasificación, composición y organización el Sector Público Vasco, el proyecto articula los requisitos que deberán cumplir el Gobierno o el Parlamento para crear nuevas entidades públicas. Por ejemplo: deberá acreditarse la necesidad de nueva creación y deberá garantizarse que no se produzcan duplicidades.

A partir de su constitución, las entidades públicas serán sometidas a evaluaciones de eficacia y eficiencia que permitan conocer el grado de cumplimiento de los objetivos y fines que propiciaron su creación o participación, así como sobre la relación entre los recursos utilizados y los logros conseguidos en su actividad. Deberán inscribirse en el “Registro de Entidades del Sector Público Vasco” que dará cuenta de su estructura, organización, composición y participación en otras entidades públicas o privadas. Todas estas entidades públicas están obligadas a lo establecido en materia de publicidad activa y derecho de acceso a la información que recoge esta ley.

PUBLICIDAD ACTIVA

La ciudadanía podrá consultar online los nombramientos y ceses de altos cargos, sus funciones, resoluciones de compatibilidad con otras actividades, sus agendas públicas y sus direcciones electrónicas para la interacción; los planes que se pretenden implantar junto con las evaluaciones que permitan conocer su grado de cumplimiento y resultados; la relación y el importe de todas las ayudas y subvenciones otorgadas así como el listado de personas beneficiarias; la relación y el importe de todos los contratos y convenios con el listado de las empresas o entidades adjudicatarias; los indicadores de la situación económico patrimonial así como el nivel de endeudamiento de las sociedades públicas. Dichos cambio afectrán a todas las las entidades públicas que integran la Administración Pública Vasca.

El proyecto de ley abarca también a todos aquellos agentes de la sociedad que son destinatarios de los recursos públicos, de manera que a ellos también se dirigen las obligaciones de publicidad activa pública que establecerá la ley. Es el caso tanto de los partidos políticos y organizaciones empresariales y sindicales, como de las personas individuales o jurídicas que resulten beneficiarias de subvenciones o ayudas públicas legalmente establecidas. Igualmente, se hará público el número de personas liberadas sincales,  el número de horas que dedican y los costes asociedos.

Esta información deberá suministrarse principalmente de forma que permita su tratamiento, redistribución y reutilización, esto es, en formato digital, estandarizado y abierto, con el fin de garantizar realmente la rendición de cuentas y generar valor en la sociedad, y en un punto de acceso único, en la Plataforma de Gobierno Abierto.

Más información:

http://www.irekia.euskadi.net/es/news/21642-gobierno-aprueba-proyecto-ley-que-modernizara-estructura-administracion-publica-vasca-disenada-hace-anos

Para nuestras webs: Comunicación electrónica IVAP. Propuestas para mejorar

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Comunicación electrónica. Propuestas para mejorar la calidad de los textos en pantalla.

Prólogo del libro:

El IVAP lleva años trabajando en la simplificación del lenguaje administrativo con un objetivo fundamental: crear una comunicación efectiva y de calidad que acerque la administración a la ciudadanía. Esta tarea ha consistido, fundamentalmente, en la creación de un corpus teórico-práctico que hemos puesto a disposición de las administraciones públicas y de la sociedad en general. Dicho material –publicaciones, manuales, cursos, documentos estandarizados…– constituye un capital que hemos de renovar constantemente para adaptarlo a una realidad en continuo cambio.

En ese sentido, la web –junto con la transparencia, la participación y el buen gobierno– se ha erigido en una realidad innegable de nuestros días; realidad que nos acerca como nunca a la ciudadanía y nos pone en contacto permanente con ella. Y en este escenario, la comunicación de calidad, los documentos sencillos y adaptados a las necesidades de la ciudadanía, y el diálogo constante en la Red han dejado de constituir una opción discutible. Hablar para ser entendidos, comunicar para ser respondidos e interpelados en cualquier momento, o publicar información para llegar a todos los rincones de nuestra geografía no entran dentro de lo opcional: se han convertido en una necesidad y una obligación democrática de las administraciones públicas.

En una época en que la sociedad demanda transparencia y participación en la vida pública, los mensajes ininteligibles, el oscurantismo, y el hermetismo en la comunicación deben ser eliminados de la actividad de cualquier administración pública.

A partir de esos fundamentos, les ofrecemos esta publicación digital, que viene a completar la obra en euskera publicada el pasado año (komunikazio elektronikoa). El libro constituye, en primer lugar, una aportación para ayudar a las administraciones públicas a lograr una comunicación efectiva y de calidad desde sus páginas y portales web. Pero representa, al mismo tiempo, un compromiso para con nuestra organización, que asume en primera persona la exigencia de que todas nuestras comunicaciones digitales cumplan los parámetros aquí descritos; es decir, que sean claras, sencillas y adaptadas a las necesidades de una ciudadanía cada vez más heterogénea y consciente del papel de lo público en una sociedad en permanente transformación.

Este es nuestro compromiso y en este empeño vamos a perseverar, asumiendo el papel que nos corresponde como institución al servicio de las administraciones públicas vascas y de la sociedad en general

Acceso al libro en castellano:

http://www.ivap.euskadi.net/r61-s20001x/es/s20aWar/novedadesJSP/s20aVerDetalleDesdeMail.do?s20aNuevoIdioma=es&idValorSeleccionado=564X0

 

¿El lado oscuro de la transparencia?

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He encontrado este interesante post de Enrique Sacanell de su blog » La danza del cambio» http://enriquesacanell.blogspot.com.es/

Os dejo un párrafo como referencia, pero os recomiendo la lectura completa del post y del libro (me lo apunto para comprar):

Byung-Chul habla de la transparencia como «coacción sistémica que se apodera de todos los sucesos sociales y los somete a un profundo cambio». La transparencia parece convertirse en un aspecto deseable para cualquier aspecto de la vida, ya sean las relaciones personales, la comunicación o la política. Este aspecto más político me ha resultado especialmente interesante dada la intensa presencia del concepto de transparencia referido a la acción pública.

Para el autor, «la política es una acción estratégica. Y por esta razón, es propia de ella una esfera secreta. Una transparencia total la paraliza. (…) El final de los secretos sería el final de la política».

Post completo: http://enriquesacanell.blogspot.com.es/2014/05/el-lado-oscuro-de-la-transparencia.html

 

Transparencia y personal de ayuntamientos vascos

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Dejando a un lado la maravillosa ayuda que ha constituido la » Guía para la puesta en marcha y gestión de la transparencia municipal» de EUDEL (http://www.eudel.net/es/publicaciones/libros_electronicos/guia_para_la_puesta_en_marcha_y_gestion_de_la_transparencia_municipal),     hoy quiero compartir con vosotros lo que nos puede deparar el Anteproyecto de Ley de Administración Pública Vasca en materia de transparencia en el ámbito de personal.

El título IV ( «de la transparencia de la administración públiva vasca» ) de este Anteproyecto es de aplicación a las entidades locales, de acuerdo con su disposición adicional segunda. Este título incluye los siguientes capítulos y artículos:

Capítulo Primero Transparencia de la Administración Pública
Artículo 84 Transparencia e información pública
Artículo 85 Compromisos generales
Artículo 86 Sujetos obligados a suministrar información
Capítulo Segundo Publicidad activa y apertura de datos
Artículo 87 Principio de publicidad activa
Artículo 88 Obligaciones en materia de publicidad activa
Artículo 89 Información institucional y organizativa
Artículo 90 Información sobre planificación y evaluación
Artículo 91 Información de relevancia jurídica
Artículo 92 Información sobre la actividad económica de la Administración
Artículo 93 Información sobre la actividad pública
Artículo 94 Información económica, presupuestaria y patrimonial
Artículo 95 Información de interés general
Artículo 96 Reutilización y apertura de datos
Capítulo Tercero .Acceso a la información pública
Artículo 97 Titulares del derecho de acceso
Artículo 98 Modalidad de acceso y costes
Artículo 99 Límites al derecho de acceso a la información pública
Artículo 100 Excepciones al derecho de acceso
Artículo 101 Derecho de acceso a la información pública y protección de datos personales
Artículo 102 Principio de acceso parcial
Artículo 103 Alcance temporal de las excepciones
Artículo 104 Acceso a expedientes
Capítulo Cuarto: Ejercicio del derecho de acceso a la información pública
Artículo 105 Solicitud de acceso a la información pública
Artículo 106 Admisión de la solicitud e incidentes previos a la resolución
Artículo 107 Plazo para resolver
Artículo 108 Resolución
Artículo109 Régimen de impugnaciones
Artículo 110 Adecuación de la estructura al derecho de acceso y a las necesidades de información de la ciudadanía

Texto del anteproyecto:https://www.irekia.euskadi.net/assets/attachments/4398/administracion_publica_vasca.pdf?1396513765

En cuanto a obligaciones relacionadas con personal estrictamente:

  • art 89.2 La Administración Pública Vasca publicará información que permita a la ciudadanía conocer la organización administrativa, las competencias de las entidades que la integran, la normativa que les sea de aplicación, los órganos de gobierno, las autoridades y el personal directivo con sus direcciones electrónicas para la interacción y resoluciones de compatibilidad con actividad privada, los órganos consultivos y de participación social que incluya su actividad y acuerdos, así como la relación actualizada de los puestos de trabajo, de sus funciones y las correspondientes masas retributivas, y cualesquiera otra información organizativa prevista en la legislación sobre función pública y transparencia y buen gobierno.
  • art 94.3 Las entidades integrantes de la Administración Pública Vasca publicarán las retribuciones del personal funcionario y laboral, sus altos cargos, directivos y miembros del Gobierno, incluyendo los incentivos, si los hubiera, y las indemnizaciones percibidas por abandono del cargo.
  • art 92.8 Las entidades que integran la Administración Pública Vasca publicarán los procedimientos de libre designación, la selección de su personal directivo y laboral de alta dirección; las personas candidatas y méritos aportados; la propuesta motivada de las personas candidatas seleccionadas; su remuneración; los ceses y sus causas; los nombramientos, ceses, régimen retributivo, formación o trayectoria profesional del personal eventual. En el caso del personal directivo y laboral de alta dirección, se publicarán, además, los objetivos que se les hayan fijado y los resultados obtenidos de acuerdo con el procedimiento por el que deban evaluarse. (Esto va a ser divertido)

Ya veremos cómo queda este anteproyecto durante su tramitación, pero no puedo evitar hacer otro comentario sobre otro aspecto que no es de personal, pero es muy de «serie norteamericana». Me explico. En un episodio de «House Of Cards», el protagonista revisa la agenda del presidente, que es pública, para saber qué hace ese día. En este anteproyecto, en su artículo 93, establece que se darán a conocer «los eventos públicos que conforman la agenda de los altos cargos y personal directivo».

Si Obama puede, nosotros también: http://www.whitehouse.gov/schedule/president/2014-W16

Y pongo una foto del fotógrafo de la Casa Blanca, Pete Souza, al cual admiro profundamente.