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Entre las propuestas, la consellera ha destacado, además de la reducción de los temarios y la incorporación de la fase práctica, «la limitación de los plazos para agilizar los trámites a través de la Regla de los Diez Días, es decir, 10 días para la presentación de solicitudes, 10 días para la publicación de la lista provisional, 10 días para la subsanación y 10 días para la publicación de la lista definitiva de candidatos admitidos».
Por otra parte, se propone exigir que los y las aspirantes a formar parte de las plantillas públicas acrediten el nivel adecuado de competencias digitales a sus respectivos puestos y la creación de un espacio web (llamado GVASelecció) donde se pueda consultar toda la información relativa a los procesos selectivos de la Generalitat valenciana. GVASelecció dispondrá, además, de un motor de búsqueda que permitirá al candidato introducir una serie de criterios (nivel de formación, carrera profesional, competencias lingüísticas, etc.) y, de acuerdo con ellos, la plataforma le mostrará aquellos procesos para los que cumple los requisitos y en los que puede participar.
La consellera también ha explicado que el nuevo modelo incluirá la tramitación telemática de la presentación de solicitudes para evitar desplazamientos innecesarios y la creación de una Comisión Permanente de Selección que estará compuesta por personal experto en reclutamiento de capital humano y que se encargará de la ejecución de las convocatorias, la elaboración de los temarios y la supervisión de los cursos selectivos.
https://cjusticia.gva.es/va/inicio/area_de_prensa/not_detalle_area_prensa?id=985843
Iceta ha explicado en rueda de prensa, junto a la directora general de Función Pública, Isabel Borrel, que todos los expertos coinciden en la necesidad de «reducir los procesos selectivos a la mitad de tiempo, reducir también las pruebas de memorización, potenciar las pruebas prácticas y la promoción interna dentro de la AGE.
La directora general de Función Pública, por su parte, ha anunciado que ya la convocatoria de más de 10.200 plazas del próximo viernes en la AGE comenzará la agilización de las oposiciones: «Se introducen cambios que acortarán sensiblemente los plazos, por ejemplo, con la realización de los exámenes teórico y práctico el mismo día».
La Administración del siglo XXI requiere actualizar el modelo de selección, partiendo de una planificación estratégica de las necesidades de recursos humanos, adaptando los procesos selectivos a la nueva realidad social, tecnológica y educativa, redefiniendo los cursos selectivos y profesionalizando los órganos de selección, con especial énfasis en asegurar la igualdad real y efectiva.
Las orientaciones forman parte de un proyecto más amplio de Captación del Talento, que será presentado públicamente antes del verano y que abordará las líneas estratégicas para incorporar a la AGE los efectivos necesarios para garantizar la calidad de los servicios públicos para la ciudadanía.
A pesar de la elevada confianza social en los procesos selectivos de AGE, desde el Ministerio de Política Territorial y Función se considera necesaria una revisión, desde la planificación hasta la incorporación de las personas seleccionadas, para atraer talento al empleo público y garantizar a la ciudadanía la prestación de servicios públicos de calidad.
La AGE se enfrenta en la actualidad a grandes retos, entre ellos, el envejecimiento de las plantillas. Son datos aportados por el ministro Iceta: «En diez años se jubilará más del 50% del personal y apenas un 12% tiene menos de 40 años». En los últimos diez años se ha producido una pérdida neta del 22% de personal).
El Ministerio de Política Territorial y Función Pública inició en noviembre un Programa para repensar la selección con el objetivo de orientar la actualización de los procesos selectivos de la AGE a las nuevas circunstancias de relevo generacional, la irrupción de la inteligencia artificial y las nuevas necesidades de talento que requiere la gestión pública del siglo XXI.
De ese debate profundo surge este documento, presentado por el ministro, que pretende sintetizar el diagnóstico de los procesos selectivos y las tendencias para su innovación, estableciendo una serie de orientaciones estratégicas y proyectos a desarrollar en los procesos selectivos de la AGE.
Estas orientaciones para el cambio, alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y con los objetivos de la política palanca de modernización de la Administración, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), están estructuradas en cinco pilares: planificación de la selección, oposición, curso selectivo, igualdad y diversidad y órganos de selección.
Las orientaciones y proyectos, ha resaltado el ministro, se concretarán en un Plan ejecutivo, «que surgirá del diálogo, acuerdo y trabajo conjunto», que será elevado a la Comisión Superior de Personal antes del 31 de diciembre de 2021, de manera que se garantice su plena efectividad en la Oferta de Empleo Público de 2025.
El documento con las orientaciones, presentado hoy, será elevado también en el plazo máximo de un mes a la Comisión Superior de Personal y a la Comisión de Coordinación de Empleo Público, donde se integran las tres administraciones públicas para iniciar los trabajos de forma conjunta.
El objetivo es contar con un modelo de selección del empleo público garantista, fundamentado en los principios de igualdad, mérito y capacidad; flexible y a la diversidad de funciones desarrolladas; mixto, basado más en los conocimientos y en la evaluación de competencias y menos en conceptos memorísticos; y social, que garantice la diversidad social y territorial en el acceso a la función pública.
Es necesario identificar y tomar en consideración las necesidades ciudadanas y su previsible evolución para que las prioridades en materia de selección tengan una visión más orientada hacia las expectativas y necesidades de la ciudadanía.
Se implementará una planificación plurianual y una visión estratégica de la Oferta de Empleo Público: «A partir de 2022, cada mes de enero se publicará el calendario de procesos selectivos que se convocarán en el año, con estimación del número de plazas, inicio de las pruebas y duración», ha anunciado Iceta.
El proceso de acceso al empleo público por oposición constituye un sistema muy arraigado culturalmente y genera amplia confianza social, pero también hay unanimidad en la necesidad de cambios, por ejemplo, para reducir la duración de los procesos selectivos que pueden prolongarse hasta 772 días en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información y 761 días para el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. La AGE prevé agilizar los procesos selectivos haciendo uso pleno de las tecnologías de la información.
Los procesos se irán acortando de forma progresiva con reducción del número de ejercicios, unificación de pruebas compatibles o realización de más de un ejercicio en un mismo día aunque sean eliminatorios. El nuevo modelo pretende ser flexible y abordar gradualmente la transición desde el predominio de las pruebas memorísticas a la realización de pruebas que valoren las competencias de las personas aspirantes. Se potenciará asimismo la promoción interna como vía de acceso para el desarrollo de la carrera profesional.
El nuevo modelo de acceso busca contribuir a la igualdad de oportunidades. Para ello, es necesario acortar su duración para hacer compatible la formación con la incorporación de los efectivos a la AGE.
Además, se propone introducir cambios en los sistemas de acceso libre y de promoción interna. En los primeros, se orientarán los cursos hacia la formación en competencias y en valores públicos e institucionales y preparar a los empleados y empleadas públicas para el puesto que van a desempeñar. En la promoción interna, se reforzará el carácter selectivo de los cursos para evitar que plazas convocadas por este sistema queden desiertas o con baja cobertura.
La lentitud del proceso selectivo es factor de desigualdad. No todo el mundo puede destinar dos o tres años a preparar una oposición. «Se propone implantar un sistema de apoyo que contribuya a eliminar las barreras socioeconómicas en el acceso al empleo público y velar por una composición diversa y representativa de todo el territorio nacional en el empleo público estatal.», ha explicado Iceta.
Además, establece la elaboración y puesta a disposición gratuita para las personas aspirantes de materiales y herramientas de ayuda al aprendizaje, que deberán ser accesibles para personas con cualquier tipo de discapacidad.
La mejora de los procesos selectivos pasa no solo por cuestionar sus procedimientos y pruebas sino también por la configuración de los órganos de selección, responsables en última instancia del éxito del proceso selectivo. Es necesario avanzar en la profesionalización y cualificación técnica de los órganos de selección y dotar de mayor transparencia la designación de los tribunales.
Se propone que los miembros de un órgano de selección deberán acreditar no solo el dominio de los conocimientos requeridos para ese puesto sino también competencias en técnicas de selección y capacitación en igualdad de género. Y, con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, los miembros de los órganos de selección deberán contar con formación específica en materia de discapacidad.
Enlace al texto completo de orientaciones estratégicas:
Y hoy me veo en la obligación moral de tratar una de ellas. Lo hago con la consciencia de que lo que sigue no gustará en determinados ámbitos. Pero también con la firme convicción de que tales sombras tienen fácil arreglo, si hubiera voluntad política y técnica de hacerlo.
Cuando se participa en una convocatoria, ya se trate de oposiciones, subvenciones o licitación de contratos, se impone en el particular que desea participar, un examen atento y diligente de los términos de las bases.
En humilde opinión, es que si los datos están en poder de la administración, no debería de pedir acreditación, pero no soy el Supremo.
No acostumbro a repetir post del mismo autor y el mismo día, pero si es de los adventistas del séptimo día… ¿habéis tenido este caso vosotros también?
Post de Jose Ramon Chaves:
Ciudado con los exámenes en sábados
NÚMERO 14 ESPECIAL
“REPENSAR” LA SELECCIÓN DE EMPLEADOS PÚBLICOS: MOMENTO ACTUAL Y RETOS DE FUTURO (Pp. 8-29)
J. Javier Cuenca Cervera
INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y SELECCIÓN: ¿CAMBIO DE PARADIGMA (Pp. 52-65)
INNOVAR EN SELECCIÓN DESDE LA EVIDENCIA EMPÍRICA Y LAS NUEVAS COMPETENCIAS (Ppr.66-85)
ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA: ATAER TALENTO Y CAMBIAR EL MODELO (Pp. 86-97)
GESTIÓN DE LOS PROCESOS SELECTIVOS, DISCRECIONALIDAD TÉCNICA Y CONTROL JUDICIAL (Pp. 112-125)
La reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de Marzo de 2018 (rec.4726/2016) -¡ Sí, de hace siete días!- da un frenazo en los sostenidos avances en el control de la discrecionalidad técnica de los procesos selectivos y resucita viejos fantasmas que creíamos ya habían sido fruto de eficaz exorcismo bajo la invocación del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
Post completo:
La reciente Sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 22 de Noviembre de 2016 (rec.4453/2015) no solo nos demuestra que la división de poderes está vigente, y qu…
Origen: El Supremo afea al Congreso y fija pautas avanzadas de control de oposiciones
La importancia de reclutar a los empleados públicos conforme a los principios de mérito y capacidad ha sido incluso destacada en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003. El proceso de selección deberá estar basado en los principios de eficiencia y transparencia, así como en criterios objetivos como el mérito y la aptitud. También se prevé que se produzca una rotación temporal de los titulares de los órganos que se consideren especialmente vulnerables a la corrupción.
El Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 insiste en ordenar que los procedimientos de selección del personal funcionario y laboral respeten el derecho fundamental de acceso a la función pública de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, mediante la publicidad de las convocatorias y de sus bases y del principio de transparencia.
Resto del post (es del año pasado, pero lo he leído ahora):
Deia.
La convocatoria tenía por objeto regularizar la situación laboral del personal «indefinido no fijo»
EFE – Miércoles, 6 de Julio de 2016 – Actualizado a las 18:10h
El Abogado del Estado presentó una demanda contra la OPE de las radios de EiTB por entender que incumplía la disposición adicional de los Presupuestos Generales del Estado de 2014 que impedía a las sociedades mercantiles públicas contratar nuevo personal.
La sentencia del juzgado bilbaIno, a la que ha tenido acceso Efe, ha rechazado la demanda porque que esa OPE tenía por objeto regularizar la situación laboral del personal «indefinido no fijo», una «tipología de contrato atípica» según la dirección de EiTB, y no la contratación de nuevo personal.
Noticia completa:
Si alguien me envía la sentencia, pues… se lo agradecería mucho.
La reciente Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 6 de Julio de 2015 (rec.1851/2014) reconoce el derecho de una opositora, aspirante a plaza de cuerpo docente de la Xunta de Galicia, miembro de la Iglesia Cristiana Adventista del Séptimo Día, a ser examinada del conocimiento de lengua gallega en un momento no comprendido entre la puesta de sol del viernes y la puesta de sol del sábado.
Resto del post:
http://contencioso.es/2015/09/01/con-la-libertad-religiosa-hemos-topado-opositores/
A través de este servicio se puede solicitar un certificado de correspondencia de los títulos universitarios oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado a los niveles MECES correspondientes.
Más información:
La llamada “discrecionalidad técnica” o inmunidad del criterio de los Tribunales selectivos de oposiciones y concursos al control judicial, es uno de los puntos de resistencia al Estado de Derecho que si bien ha perdido mucha fuerza, parece mantenerse como algunas bacterias o virus en estado latente o activo, bajo la mirada tolerante de las “autoridades sanitarias” que no lo consideran una epidemia a erradicar.
Resto del post:
El Ayuntamiento de Erandio (Bizkaia) anuncia la publicación de la aprobación provisional de la lista de aspirantes admitidos y excluidos para la cobertura de trece plazas de Administrativo en el Boletín Oficial de Bizkaia.
http://www.bizkaia.net/lehendakaritza/Bao_bob/2014/09/20140911a173.pdf#page=40
Sin embargo, se publica tan solo una lista de doce documentos nacionales de identidad, que no es relevante, ni necesario, ni sirve para identificación alguna, ni por supuesto se exige en las bases publicadas en el Boletín Oficial de Bizkaia de 28 de mayo de 2014, pero no se publican los nombres ni los apellidos de los aspirantes admitidos al proceso selectivo. A continuación se publica la composición del tribunal calificador con sus nombres y apellidos, aunque sin sus documentos nacionales de identidad.
Resto del post:
La reciente Sentencia en el asunto C-416/13, de 13 de Noviembre de 2014 elimina el requisito de la edad máxima para el acceso a la condición de policía local, aunque la misma tiene numerosas implicaciones en múltiples campos.
Recordemos según la nota de prensa del propio Tribunal que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Oviedo pregunta al Tribunal de Justicia si la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación permite que en una convocatoria de pruebas selectivas conforme con una Ley autonómica de un Estado miembro se establezca una edad máxima de 30 años para acceder a una plaza de agente de la Policía Local.
Mediante su sentencia el Tribunal de Justicia declara que la Directiva se opone a una normativa nacional, como la Ley del Principado de Asturias, que fija en 30 años la edad máxima para acceder a una plaza de agente de la Policía Local.
Resto del post: http://contencioso.es/2014/11/20/implicaciones-de-la-sentencia-comunitaria-sobre-la-edad-minima-de-acceso-a-policia-local/