Anteproyecto de ley que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción con el objeto de transponer la Directiva (UE) 2019/1937

LEY PARA PROTEGER A LAS PERSONAS QUE INFORMEN SOBRE CORRUPCIÓN
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción con el objeto de transponer la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea (UE).

El objeto de la directiva es proteger a todas aquellas personas que informen sobre corrupción o fraudes y violaciones del Derecho de la Unión Europea y del ordenamiento jurídico interno, mediante el establecimiento de canales protegidos de comunicaciones y la prohibición de cualquier represalia contra ellos.

Este anteproyecto de ley, además de ser un arma para combatir la corrupción, también abarca el resto de tipologías de delitos e infracciones administrativas, de tal manera que se configura como una herramienta para combatir cualquier quebranto económico contra la hacienda pública, así como aquellos aspectos que vulneren la seguridad y salud en el trabajo.

Esta directiva establece una regulación dirigida tanto al sector privado como público y dota de un sistema eficaz de protección a las personas que informan sobre irregularidades y corrupción. Con esta norma, cualquier ciudadano y cualquier funcionario público podrá denunciar las operaciones, subvenciones y adjudicaciones sospechosas que conozca en su ámbito laboral o profesional, y la legislación tendrá la obligación de ofrecerle una protección real y efectiva ante cualquier represalia en dicho ámbito, incluido su entorno si fuera necesario.

Esta trasposición tiene como objetivo ayudar a concienciar y aumentar las denuncias de prácticas irregulares, al crear un clima de confianza entre el informante y la administración, al tiempo que este nuevo mecanismo no sustituye las vías de denuncia existentes y se suma a las medidas antifraude de lucha contra la corrupción ya existentes.

De acuerdo con el Barómetro del CIS, los problemas políticos en general y el mal comportamiento de la clase política ocupan la posición quinta y sexta en las preocupaciones de los ciudadanos, por delante incluso de la educación, la vivienda, la seguridad o el medioambiente; sin embargo, existen relativamente pocos procedimientos por corrupción, lo que indica que todavía hay muy pocas denuncias, de acuerdo a los datos del repositorio de datos de procesos por corrupción del Consejo General de Poder Judicial.

Cuestiones que aborda la Directiva

El nuevo anteproyecto establece, entre otras cuestiones, un régimen jurídico que garantiza la protección efectiva de aquellas personas que, tanto en el seno de organizaciones públicas como privadas, comuniquen información relativa a infracciones del Derecho de la Unión y del Derecho nacional.

También regula los sistemas internos de información, que se perfilan como cauce preferente dentro de la libertad del informante para elegir el canal a seguir según las circunstancias y los riesgos de represalias que considere, garantizando asimismo el respeto a la legislación específica en la materia y para distintos sectores como son el financiero, de seguros, de auditoría, de competencia o de mercados de valores.

Del mismo modo, establece la obligación de disponer de canales internos de información tanto para empresa, con más de 50 trabajadores, como para las personas jurídicas del sector privado que tengan entre 50 y 249 trabajadores y que así lo decidan, las cuales podrán compartir entre sí el sistema interno de información y los recursos destinados a la gestión y tramitación de las comunicaciones, tanto si la gestión del sistema se lleva a cabo por la propia entidad como si se ha externalizado, respetándose en todo caso las garantías previstas en esta ley.

Igualmente, estarán obligados a contar con un sistema interno de información todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como las fundaciones que dependan de estos, siempre que gestionen fondos públicos.

Sector público

En el sector público tendrán que contar con un sistema interno de interno de información las administraciones públicas que gestionan los servicios de la Seguridad Social, las universidades, las sociedades y fundaciones que integran el sector público, las corporaciones públicas y todos los órganos constitucionales, entre otros.

Del mismo modo, los municipios cuya población no supere los 10.000 habitantes podrán compartir medios para la recepción de informaciones con otros ayuntamientos, también de menor población, o con entidades supramunicipales si sus actividades se circunscriben al ámbito de la misma comunidad autónoma, aunque cada corporación local tenga un responsable de su sistema interno de información.

Con esta nueva norma se cumple con los compromisos normativos adquiridos con la Unión Europea (UE) y se contribuye a la armonización de los ordenamientos jurídicos de los diferentes Estados de la UE. Además, con este anteproyecto de ley pretende dar cumplimiento a una serie de objetivos del Plan y acción del Gobierno en la lucha contra la corrupción, incluidos en el acuerdo de coalición en el IV Plan de Gobierno abierto 2020-2024.

“Jornada de Comunicación y Transparencia en las administraciones públicas” del Ayuntamiento de Eibar


El Teatro Coliseo acogió el jueves, 2 de diciembre, la “Jornada de Comunicación y Transparencia en las administraciones públicas”, organizada por el propio Ayuntamiento de Eibar.

A través de la misma, se pretendió visibilizar y dar a conocer la labor de las administraciones públicas en materia de comunicación y transparencia, y se trató de aportar soluciones de mejora para todo tipo de organizaciones públicas, de la mano de grandes expertos/as en la materia.

¡Muchas gracias a todos/as los/as asistentes, así como a todas aquellas personas que siguieron el evento vía streaming, a través del canal oficial de YouTube del Ayuntamiento!

Puedes volver a ver el evento al completo aquí: https://www.youtube.com/watch?v=sc3VzPoV_60

Jornada de Comunicación y Transparencia en las administraciones públicas @EibarkoUdala

El evento tendrá lugar en el Teatro Coliseo de Eibar el 2 de diciembre de 2021, de 08:45 a 18:00 horas. A través del mismo, se pretende visibilizar y dar a conocer la labor de las administraciones públicas en materia de comunicación y transparencia, y aportar soluciones de mejora para todo tipo de organizaciones públicas.

En total, tendrán lugar 7 conferencias, en horario de mañana (09:30-13:30) y 2 mesas redondas (16:00-17:30) sobre cuestiones de comunicación institucional y transparencia municipal, de la mano de distintos/as expertos/as en la materia.

La Jornada también se podrá seguir vía streaming, a través del canal oficial de YouTube del Ayuntamiento, y para la difusión de la misma en redes sociales se utilizará el hashtag #EibarKomunika

https://www.eibar.eus/es/ayuntamiento/jornada-de-comunicacion-y-transparencia-en-las-administraciones-publicas

Ética pública y corrupción. Monográfico RVOP-IVAP nº9

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Revista completa:

http://www.ivap.euskadi.eus/informacion/ultimo-numero/r61-vedrvop/es/

 

 

ESTUDIOS

INNOVACIÓN Y BUENAS PRÁCTICAS

ANALISIS Y DEBATE JURÍDICO

JURISPRUDENCIA

ENTREVISTA

Victoria Camps  (Pág. 98-105)
Catedrática de ética de la Universidad Autónoma de Barcelona (Entrevistador: Miel A. Elustondo – Zaldi Ero)

SELECCIÓN BIBLIOGRÁFICA

Vicente Martínez Tur; José Ramos López; Carolina Moliner Cantos (Coordinadores).
Psicología de las organizaciones (Recensión: Antonio Ares Parra) (Pág. 108-110)

Novedades bibliográficas (Pág. 110-117)

La transparencia en el gobierno local (Manuel Villoria)

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La transparencia se ha convertido en uno de los valores retóricamente dominantes en las políticas públicas y en el discurso político de nuestro país. En el nivel de gobierno local esta preferencia está generando algunos instrumentos y prácticas muy interesantes, que van más allá del marketing electoral y de las proclamas anti-corrupción. En el ámbito local numerosos gobiernos se han tomado muy en serio estas políticas de transparencia y configurado unas prácticas dignas de análisis y, muchas, veces, elogio. Es sorprendente ver cómo mientras la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno , establece en su Disposición Final Novena que la regulación referida a transparencia y derecho de acceso tiene una vacatio legis de dos años para los gobiernos locales….

Resto del post:

http://www.idluam.org/blog/?p=290

Transparencia, protección de datos, RPT y retribuciones empleados

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La disposición adicional quinta de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno establece que «El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y la Agencia Española de Protección de Datos adoptarán conjuntamente los criterios de aplicación, en su ámbito de actuación, de las reglas contenidas en el artículo 15 de esta Ley».

En el presente informe de la AEPD estudia el impacto de la ley transparencia en las RPTs y publicación de retribuciones de empleados públicos.

Informe completo:

Haz clic para acceder a Criterios_CTBG-AEPD_23-3-2015.pdf

Acceso a la información, transparencia y protección de datos: doctrina de la AVPD

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En esta obra se recoge una selección de informes jurídicos elaborados por la Agencia Vasca de Protección de Datos relacionados con el acceso a la información, la protección de datos y la transparencia.

Dichos dictámenes se emiten como respuesta a las consultas recibidas y abarcan el período comprendido entre la creación de la AVPD y 2014, año en que se ha celebrado su X aniversario.

La obra, publicada en papel (bilingüe) y en formato electrónico, se divide en varios apartados y reproduce los dictámenes elegidos como los más representativos en estos temas. Se clasifican en cinco apartados:

  • Acceso a la información en el marco del control político.
  • Acceso a la información en relación con datos especialmente protegidos.
  • Publicidad activa y posibilidad de difusión en web de datos personales.
  • Acceso a la información administrativa por particulares.

En general
En el marco de los procesos selectivos
Acceso por sindicatos a la información administrativa

  • Acceso a la información administrativa por otras administraciones públicas

Acceso a la obra:

http://www.avpd.euskadi.net/noticia/2015/nueva-publicacion-de-la-agencia-vasca-de-proteccion-de-datos-acceso-a-la-informacion-transparencia-y-proteccion-de-datos/s04-5273/es/

Y gracias, eskerrik asko, por las 250.000 visitas y los 993 seguidores (casi, casi…)

Transparencia local: progresos y desafíos (Revista Democracia y Gobierno Local)

Transparencia
Revista Democracia y Gobierno Local nº 26/27

Tercer y cuarto trimestre de 2014

Transparencia local: progresos y desafíos

03 Editorial

04 Tema central: La transparencia como política pública en el nivel local

18 Entrevista: Transparencia para fortalecer la democracia

24 Debate: La transparencia desde los Gobiernos locales

30 Se ha publicado en: Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

34 Buenas prácticas: Plataforma MiNT – Madrid iNTeligente

40 Novedades

Acceso a la revista:

http://www.gobiernolocal.org/publicaciones/revista-democracia-gobierno-local/2014/12/30/160

 

Boletín Transparencia EUDEL

Eudel

La Red de Ayuntamientos Vascos por la Transparencia

Productos útiles desarrollados por la Red

Fases de trabajo de la Red

Sesiones y foros de encuentro 

Jornada monográfica sobre portales de transparencia

II Edición del curso sobre transparencia organizado por EUDEL, IVAP y DIPUTACIONES FORALES

Entrada en vigor de la Ley Estatal de Transparencia

Índice de Percepción de la Corrupción 2014 de Transparencia Internacional

Boletín Transparencia nº 3_dic2014

EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (blog Rafael Jimenez Asensio)

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Desde que se anunció a bombo y platillo la tramitación y posterior aprobación (tras un año y medio de gestación) de la Ley de Transparencia, los distintos niveles de gobierno pusieron el foco de atención exclusivamente en una de las dimensiones de la Transparencia, la Publicidad Activa. Los innumerables esfuerzos que algunas Administraciones Públicas han hecho desde la entrada en vigor (e incluso antes) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, para adecuar su práctica de gobierno a los mandatos de la norma son, bien es cierto, dignos de elogio.

Pero con frecuencia se olvida que esa dimensión “activa” de la Transparencia es solo una parte del problema y por mucho que se invierta en ella tiempo y recursos una Administración Pública podrá ser tachada de opaca cuando no haya resuelto cabalmente el otro nudo de la cuestión: articular un sistema estructurado de acceso a la información pública y proveer con celeridad y transparencia esa información solicitada por las personas y entidades que la demanden o, en su caso, dar respuestas rápidas y motivadas en los casos en que ese acceso a la información pública sea denegado.

Resto del post: http://www.estudiconsultoria.com/images/stories/POST-LA_OTRA_TRANSPARENCIA.pdf

 

Transparencia: El (plural) diseño institucional de los órganos de garantía

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Post de Rafael Jimenez Asensio

“Algunos analistas han depositado excesivas esperanzas en que la transparencia restaure la legitimidad y confianza en el sistema político. Sin embargo, hasta lo que ha podido demostrarse, la transparencia no tiene un efecto relevante en ninguna de ellas”

(Politikon, “La urna rota. La crisis política e institucional del modelo español”, Debate, 2014, p. 183).

En un país en el que los distintos niveles de gobierno y sus respectivas administraciones públicas han sido tradicionalmente renuentes a publicitar la información pública relevante y a garantizar el derecho de acceso de los ciudadanos a esa información, es capital para que la apuesta institucional por la Transparencia funcione razonablemente disponer –como expuso en su día Manuel Villoria- de órganos de garantía que, con una configuración de independencia orgánica y funcional del gobierno matriz, puedan hacer efectiva tanto la publicidad activa como el derecho de acceso a la información pública, así como gestionar el resto de atribuciones ligadas, directa o indirectamente, con esas dos dimensiones de la Transparencia en el ámbito de lo público. 

Post completo:

http://www.estudiconsultoria.com/images/stories/TRANSPARENCIA-ORGANOS_DE_GARANTIA.pdf

http://www.estudiconsultoria.com/index.php?option=com_content&view=article&id=538%3Atransparencia-el-plural-diseno-institucional-de-los-organos-de-garantia&catid=35%3Ablog&Itemid=73&lang=es

Encuentro internacional ‘SMART LOCAL GOVERNANCE’

Eudel

Próximo encuentro internacional de la Comisión de Ciudades Digitales y del Conocimiento de CGLU, que con la colaboración de UN-HABITAT se celebrará en Bilbao los días 6 y 7 de noviembre bajo el título ‘SMART LOCAL GOVERNANCE: El reto de la buena gobernanza en la administración local’.

EUDEL participará dentro del programa presentando los avances del trabajo realizado por la ‘Red de Ayuntamientos Vascos por la Transparencia’ para el impulso del nuevo modelo de administraciones locales: transparencia, gobierno abierto e interacción con la ciudadanía.

La Smart Local Governance comprende los aspectos de la participación política y activa, servicios para la ciudadanía, así como el funcionamiento inteligente de la administración. Todo ello con el apoyo de las Nuevas Tecnologías, las cuales permiten el establecimiento de una nueva forma de relación entre la Administración Local y la ciudadanía; en particular, el establecimiento de servicios públicos en línea y el aprovechamiento de las Nuevas Tecnologías para mejorar la participación la ciudadanía en las decisiones públicas.

Fechas: días 6 y 7 de noviembre de 2014

Lugar: Bilbao, salón de actos de Bilbao Ekintza, Paseo de uribitarte 3

INSCRIPCIÓN GRATUITA

IDIOMA INGLÉS (con traducción simultánea al castellano)

*Plazo límite de inscripción: hasta el 24 de octubre

Información de contacto:

Lidia Cobas

Secretaría Técnica

Comisión de Ciudades Digitales y del Conocimiento

promotion@bilbaointernational.bilbao.net

tel +34 94 439 82 10

www.cities-localgovernments.org/committees/cdc

 Más información: http://www.cities-localgovernments.org/committees/cdc/events.asp?IdEvents=187

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca

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¡Cuidado!

Disposición Adicional.- Aplicación de la regulación de esta ley sobre el derecho de acceso a la información pública en el ámbito de las Entidades Locales, y su respectivo sector público, de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

A la entrada en vigor de esta ley, la regulación sobre el derecho de acceso a la información pública que contiene el Título IV resultará de aplicación en el ámbito de las Entidades Locales, y su respectivo sector público, de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Acceso al texto del proyecto de Ley:

http://www.irekia.euskadi.net/uploads/attachments/5156/PL_Administracion_Publica_Vasca.pdf?1410882307

La participación, la transparencia y la colaboración ciudadana en el diseño y evaluación de las políticas públicas, ejes centrales de un proyecto que el Gobierno entrega a la Cámara vasca para el debate de los Grupos Parlamentarios.

  • Entre las novedades destaca que la ciudadanía tendrá derecho a que la Administración Pública vasca responda a sus solicitudes de información pública en un plazo no superior a 15 días, de lo contrario, podrá apelar a la “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena”.
  • Los partidos políticos, las organizaciones empresariales, los sindicatos y todas aquellas entidades que reciban subvenciones públicas estarán afectados por las obligaciones de la  publicidad activa.
  • El proyecto articula por primera vez los requisitos para la creación de entidades públicas: no podrán crearse nuevas que supongan duplicidad y cuyo nacimiento no esté debidamente justificado.

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca que será remitido a la Cámara vasca para su debate y aprobación por parte de los Grupos Parlamentarios.

El Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca nace tras diez meses de intenso trabajo, debate y contraste con todos los agentes involucrados y su objetivo es diseñar un nuevo marco jurídico que permita convertir la Administración Pública vasca en un servicio público de calidad, capaz de responder de na manera eficaz a las necesides de la ciudadanía del Siglo XXI y asentado sobre los nuevos principios de la gobernanza: participación, transparencia y colaboración ciudadana en los asuntos públicos.

PROYECTO DE LEY

El Proyecto de Ley de la Administración Pública Vasca consta de 5 títulos, 125 artículos, 3 disposiciones transitorias, 1 disposición adicional, 1 disposición derogatoria y 2 disposiciones finales. Afecta a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, organismos autónomos,  entes públicos de derecho privado, sociedades públicas, fundaciones públicas y  consorcios.

El contenido se estructura en dos grandes bloques:

  • Por un lado, el que tiene que ver con la clasificación, composición y organización del Sector Público Vasco: la regulación de su estructura, funcionamiento y obligaciones, la delimitación de las competencias de cada entidad, la obligación de colaboración y coordinación entre administraciones y los procedimientos de control y registro.
  • Y por otro lado, el que regula los principios de buen gobierno: la planificación y evaluación de las políticas públicas, la mejora de la calidad normativa, la simplificación administrativa, los sistemas de gestión avanzada, la interacción de la ciudadanía con la administración, la publicidad activa y la garantía de acceso a la información pública.

TÍTULO V: AGENCIA VASCA DE TRANSPARENCIA-GARDENA

Entre las principales novedades del texto, destaca que la ciudadanía tendrá derecho a que la Administración Pública vasca le responda a sus solicitudes de información pública en una plazo no superior a 15 días. En el caso de no hacerlo, la ciudadanía podrá acudir a la “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena”, un órgano independiente, de nueva creación, que dirimirá los conflictos que se deriven del ejercicio del derecho de la ciudadanía a la información pública y a la máxima transparencia posible, y los límites legales a tal derecho basados en la protección de datos personales, la seguridad pública, la vida privada, el secreto profesional o los derechos a la propiedad intelectual e industrial.

Su composición será:

  • Presidencia: será nombrada por un periodo no renovable de cinco años, mediante decreto, a propuesta de la persona que ocupe el cargo de titular del Departamento de Administración Pública, previa comparecencia ante la comisión parlamentaria oportuna. Deberá ser una persona profesional, de reconocido prestigio y competente.
  • Consejo Asesor: Una serie de personas, designadas cada una de ellas, en el seno de diversas instituciones: Parlamento vasco, Tribunal de Cuentas Públicas, Ararteko, Agencia de Protección de Datos, Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y EUDEL.

La “Agencia Vasca de Transparencia-Gardena” promoverá el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, se encargará de salvaguardar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, e incluso resolverá los recursos en el caso de las administraciones locales y forales, mientras que éstas no tengan establecido para estos casos un órgano de decisión propio.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Otro de los aspectos más novedosos que regula esta normativa es que la ciudadanía podrá participar en la elaboración de los reglamentos y decretos que desarrolle el Gobierno. Se crea la denominada “Iniciativa Reglamentaria Popular” con el objetivo de ampliar la capacidad de participación de la ciudadanía en la elaboración de las normas que les afectan.

Con este mismos objetivo, el proyecto crea la “Plataforma de Gobierno Abierto”, como espacio permanente de interacción entre la Administración Pública vasca y la ciudadanía, para informar, escuchar activamente lo que la ciudadanía expresa en internet, mostrar y coordinar las aportaciones ciudadanas, impulsar el diálogo bidireccional, promover la iniciativa ciudadana en los asuntos públicos y la colaboración público-privada en proyectos que redunden en el bien común.

ENTIDADES PÚBLICAS

En la parte referida a la clasificación, composición y organización el Sector Público Vasco, el proyecto articula los requisitos que deberán cumplir el Gobierno o el Parlamento para crear nuevas entidades públicas. Por ejemplo: deberá acreditarse la necesidad de nueva creación y deberá garantizarse que no se produzcan duplicidades.

A partir de su constitución, las entidades públicas serán sometidas a evaluaciones de eficacia y eficiencia que permitan conocer el grado de cumplimiento de los objetivos y fines que propiciaron su creación o participación, así como sobre la relación entre los recursos utilizados y los logros conseguidos en su actividad. Deberán inscribirse en el “Registro de Entidades del Sector Público Vasco” que dará cuenta de su estructura, organización, composición y participación en otras entidades públicas o privadas. Todas estas entidades públicas están obligadas a lo establecido en materia de publicidad activa y derecho de acceso a la información que recoge esta ley.

PUBLICIDAD ACTIVA

La ciudadanía podrá consultar online los nombramientos y ceses de altos cargos, sus funciones, resoluciones de compatibilidad con otras actividades, sus agendas públicas y sus direcciones electrónicas para la interacción; los planes que se pretenden implantar junto con las evaluaciones que permitan conocer su grado de cumplimiento y resultados; la relación y el importe de todas las ayudas y subvenciones otorgadas así como el listado de personas beneficiarias; la relación y el importe de todos los contratos y convenios con el listado de las empresas o entidades adjudicatarias; los indicadores de la situación económico patrimonial así como el nivel de endeudamiento de las sociedades públicas. Dichos cambio afectrán a todas las las entidades públicas que integran la Administración Pública Vasca.

El proyecto de ley abarca también a todos aquellos agentes de la sociedad que son destinatarios de los recursos públicos, de manera que a ellos también se dirigen las obligaciones de publicidad activa pública que establecerá la ley. Es el caso tanto de los partidos políticos y organizaciones empresariales y sindicales, como de las personas individuales o jurídicas que resulten beneficiarias de subvenciones o ayudas públicas legalmente establecidas. Igualmente, se hará público el número de personas liberadas sincales,  el número de horas que dedican y los costes asociedos.

Esta información deberá suministrarse principalmente de forma que permita su tratamiento, redistribución y reutilización, esto es, en formato digital, estandarizado y abierto, con el fin de garantizar realmente la rendición de cuentas y generar valor en la sociedad, y en un punto de acceso único, en la Plataforma de Gobierno Abierto.

Más información:

http://www.irekia.euskadi.net/es/news/21642-gobierno-aprueba-proyecto-ley-que-modernizara-estructura-administracion-publica-vasca-disenada-hace-anos