Los premios de jubilación de los funcionarios pasan a mejor vida jurídica @kontencioso

Otra más por si no estaba claro.

La reciente sentencia de la Sala tercera de 16 de marzo de 2022 (rec.4444/2020) vuelve a dejar claro que las gratificaciones por jubilación anticipada contempladas en acuerdos o pactos, o reconocidas unilateralmente por los entes locales, no son posibles si no existe una norma legal de alcance general que les de cobertura.

https://delajusticia.com/2022/03/30/los-premios-de-jubilacion-de-los-funcionarios-pasan-a-mejor-vida-juridica/

Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

Como seguro vuestros/as trabajadores/as os preguntan cómo va eso, pues enlace de cómo está en el Congreso.

https://www.congreso.es/proyectos-de-ley?p_p_id=iniciativas&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_iniciativas_mode=mostrarDetalle&_iniciativas_legislatura=XIV&_iniciativas_id=121%2F000066

PRORROGADA, PARA CIERTOS SUPUESTOS, LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE JUBILACIÓN ANTERIOR A LA LEY 27/2011 @marenas_

Gracias por resolver mis dudas sobre esta modificación:

Pues sí, cuando ya esperábamos que entrase en vigor la reforma sobre la pensión de jubilación que se aprobó por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, el Gobierno ha publicado el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, y permite, modificando la D.T. 4, apartado 5 de la LGSS 2015, que al menos durante 2019 sigan coexistiendo antigua y nueva ley. Cómo es algo complejo, lo explicamos, paso a paso.

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Consejo de Ministros de hoy: esos que no se te quieren jubilar, puede decir el convenio que a disfrutar a casa.

La nueva norma incorpora una modificación del Estatuto de los Trabajadores mediante la cual se habilita a los convenios colectivos para establecer cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por cumplimiento de la edad legal de jubilación, -la conocida como «jubilación obligatoria»- siempre y cuando tengan derecho al cien por cien de la pensión de jubilación. La introducción de esta medida, debatida y acordada por unanimidad con los interlocutores sociales en la Mesa de Diálogo Social por el Empleo, responde a la demanda de acciones inmediatas para reducir el desempleo de los jóvenes.

En este sentido el establecimiento de esta medida se alinea con el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021, aprobado el pasado 7 de diciembre, porque favorecerá el rejuvenecimiento de las plantillas con nuevas contrataciones o mediante transformaciones de temporales en indefinidos.

consejo de ministros día inocentes

Jubilación en el 2016 (blog Miguel Arenas)

too busy

[…] realizamos una breve pincelada de aquellas cuestiones que entendemos básicas en referencia a las pensiones de jubilación que se causen en este ejercicio 2016. Veamos cuales….


1) Coexistencia de dos normativas. Recordemos que el apartado 2 de la disposición final duodécima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, en la redacción efectuada por el Real Decreto Ley 5/2013
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