Los ayuntamientos no pueden pagar a sus funcionarios premios en metálico o en forma de días libres por cumplir determinados años de servicio, más allá de los trienios con los que se retribuye la antigüedad o de los permisos recogidos en las leyes aplicables a los empleados públicos.
Así lo dispone una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que declara ilegales las recompensas que aprobó en 2005 el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para premiar a sus funcionarios al cumplir determinados años de trabajo.
Resto de la noticia:
http://www.expansion.com/2015/03/05/funcion-publica/1425540604.html
Si alguién nos pasa la sentencia, agradecidos…
Creo que la sentencia es del TSJ de Canarias, de 24 de septiembre de 2014, de la sede de Las Palmas de Gran Canaria. Aunque esa que te digo trata de soslayo el tema.
Bueno… ¡a ver si te sirve!
Salud
FJR