Texto del Anteproyecto de Ley de Empleo Público Vasco

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La futura Ley del Empleo Público Vasco afecta a las 110.000 personas que trabajan al servicio de las administraciones públicas vascas. En concreto al personal de:

  • La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi,  su Administración Institucional y los demás entes instrumentales con personalidad jurídica propia, dependientes de  aquella.
  • Las Administraciones Forales de los Territorios Históricos, su respectiva Administración Institucional y los demás entes instrumentales con personalidad jurídica propia, dependientes de cualquiera de las Administraciones públicas antes citadas.
  • Las Administraciones Locales, su respectiva Administración Institucional y los demás entes instrumentales con personalidad jurídica propia, dependientes de cualquiera de las administraciones públicas antes citadas.
  • La Universidad del País Vasco, en relación exclusivamente con su personal de administración y servicios.
  • La Comisión Jurídica Asesora de Euskadi, el Consejo Económico y Social Vasco, el Consejo de Relaciones Laborales, el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, la Agencia Vasca de Protección de Datos y el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como  cualquier otro órgano de naturaleza participativa, consultiva, de asesoramiento o de control dependiente de las anteriores Administraciones y dotado de independencia en el desarrollo de sus funciones por su ley de creación.

RECONOCIMIENTO DE LA CARRERA PROFESIONAL

El Gobierno vasco, considera que los recursos humanos son el principal activo de la las administraciones públicas vascas y por ello, este texto, abre la puerta, por primera vez, a la carrera profesional de la totalidad del personal público, tanto funcionario como laboral, de manera que puedan obtener un reconocimiento cuando el desempeño de su labor profesional lo merezca.

Se implantarán sistemas de evaluación y valoración del desempeño  profesional y del rendimiento o logro de resultados, de manera que el personal pueda ascender en su carrera profesional y mejorar sus condiciones retributivas, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo. Se establecerán una serie de grados de desarrollo profesional que harán que el personal vaya ascendiendo a medida que los vaya superando.

Cada nivel institucional podrá fijar su propio sistema de evaluación así como la escala de mejoras en las condiciones retributivas  de los diferentes niveles de carrera profesional, pero el anteproyecto dice que deberá aplicarse con una cierta homogeneidad en el conjunto institucional.

Pero además, el texto establece la novedad de que el personal público, mediante un procedimiento publico y con valoración de los meritos y capacidades, puedan ocupar puestos de nivel directivo: se crea la “Dirección Pública Profesional”.

Se incorporá a estos puestos de trabajo público un sistema de retribuciones variable a través de un complemento por cumpliento de objetivos.

Este Anteproyecto de Ley se somete a información pública, por un plazo de veinte días hábi­les, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Texto del anteproyecto: http://www.irekia.euskadi.net/uploads/attachments/5126/Anteproyecto_Ley_Empleo_Publico_Vasco.pdf?1410280569

Más información: http://www.irekia.euskadi.net/es/debates/1001?stage=presentation