De fiscalizacion.es
Los seguidores de Sevach tuvieron oportuna noticia de la Sentencia de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 5 de febrero de 2014 que modificó la doctrina sobre la consideración jurídica en el ámbito estatal de las Relaciones de Puestos de Trabajo cuya naturaleza “no es un acto ordenador, sino un acto ordenado, mediante el que la Administración se autoorganiza, ordenando un elemento de su estructura como es el del personal integrado en ella.” Por lo tanto, salvo configuración normativa diferente por las leyes de función pública autonómica, esa naturaleza será de aplicación a todas y al negarles ese carácter reglamentario, su principal efecto será impedir el recurso de casación ante el TS.
Pues bien, hoy traemos a la bitácora un clarificador artículo sobre la materia en el diario La Ley de 16 de Julio de 2014 del magistrado Manzana Laguarda. Se titula “Plantilla versus relación de puestos de trabajo. Plazas y puestos: necesidad de clarificación conceptual” y glosa otra importante sentencia del Tribunal Supremo, de 9 de abril de 2014,
Resto del post: http://fiscalizacion.es/2014/08/05/plazas-y-puestos-en-la-administracion/