Despido indefinidos no fijos

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Del blog de ACAL: http://www.elblogdeacal.com/

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha fijado al fin criterio en relación con las posiciones alternativas que venían manteniéndose por los distintos Tribunales Superiores de Justicia, a propósito de la extinción de la relación laboral del personal indefinido no fijo al servicio de las Administraciones Públicas.

No obstante, la solución que hace prevalecer aquí el Supremo, ha de tomarse con las debidas cautelas puesto que no parece ser, ni mucho menos, un criterio definitivo; sino que, al contrario, se vislumbran varios aspectos que hacen prever variaciones en la doctrina jurisprudencial que ahora se acoge.

En anteriores entradas ya dimos cuenta del distinto tratamiento jurídico que se estaba dando a las situaciones de este personal en el momento del cese de la prestación de servicios por causa distinta a la provisión en propiedad de la plaza en cuestión.

Recordemos brevemente cuáles eran las dos posiciones confrontadas:

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