Otro post de http://contencioso.es/
Un reciente Dictamen del Consejo consultivo catalán (Consell de Garanties Estatutáries) tumba el Decreto-Ley autonómico 5/2013, de 22 de Octubre, que pretendía la racionalización y simplificación del sector público de la Generalitat de Cataluña, y se alza en “aviso de navegantes autonómicos” a la hora de desenfundar los Decretos-Leyes con ligereza.
El Dictamen tras analizar la singularidad del Decreto-Ley en el campo autonómico ( donde una sola Cámara supone mayor agilidad para aprobar leyes que si fuera bicameral como en el caso del Estado) y admitir la amplia discrecionalidad política en apreciar la “situación de extraordinaria y urgente necesidad” que puede justificar acudir a esta “vía rápida” normativa ( Decreto-Ley en vez de Ley ordinaria), concluye afirmando que el citado Decreto Ley en el ámbito organizativo pretendido ( racionaliza y simplifica el sector público) no cumple con los exquisitos requisitos de utilización.
Así, considera el Consejo que el Decreto esgrime un contexto de austeridad derivado de la crisis económica previsible y que como tal, bien podía tramitarse como una ley ordinaria con todas las garantías y con el mismo impacto.
Además rechaza la justificación gubernamental para el Decreto-Ley de “«[…] las circunstancias actuales, de crisis económica y presupuestaria de larga duración, conviene imprimir la máxima celeridad a los procesos de racionalización del sector público» pues la lectura de la Memoria e Informe de impacto presupuestario que acompañó el Decreto Ley ni justifican el gasto afectado ni el ahorro que comporta su supresión, unido a la desconexión entre la justificación invocada y las medidas adoptadas.
En consecuencia, el Decreto vulneraría el Estatuto de Autonomía y el Parlamento catalán ha rechazado su convalidación.
Se trata de una importante noticia ya que muestra los abusos de los Gobiernos (estatal y autonómicos) bajo la coartada de la crisis económica y que les lleva nada menos a que a utilizar el Decreto-Ley como “atajo” normativo que libera al gobierno de turno de demoras, trámites y sobre todo de afrontar un procedimiento parlamentario con las garantías propias de l división de poderes. El Decreto-Ley es excepcional y no puede convertirse en un cheque en blanco ni de cobro inmediato.
Resto del post: http://contencioso.es/2013/12/09/noticiero-la-crisis-economica-no-es-coartada-para-los-decretos-leyes/
Y evidentemente, tengo en mente el RDL 20/2012 ¿y vosotros?