En el Anteproyecto de Ley de ordenación del sistema de seguridad pública de Euskadi, encontramos estos apartados importantes para nuestros diarios dolores de cabeza con la Policia Local:
Articulo 56: Vigilantes municipales o ALGUACILES. Máximo 5 plazas por municipios, si no crear cuerpo de policía local. Si tienes Policía Local, no se pueden crear estas plazas. Reservado a funcionarios de carrera, se seleccionarán por el sistema de OPOSICIÓN (solo). Grupo de titulación C2 y curso en Arkaute de formación.
Artículo 60 AUXILIARES DE POLICIA. Contratación cuando la necesidad así lo requiera, previo informe del departamento de Interior. Grupo de clasificación C2 + curso en Arkaute. Tendrán consideración de agente de la autoridad.
Articulo 61 AGENTES DE MOVILIDAD. Municipios de gran población. No se integrarán en le Policía Local, pero tienen que ir a un curso a Arkaute. Grupo de clasificación C2. Consideración de agente de la autoridad.
SEGUNDA ACTIVIDAD. Disposición final primera, punto 23. El personal funcionario de los cuerpos de policía local podrá pasar a segunda actividad por razón de cumplimiento de edad a los 60 AÑOS ENLA ESCALA BÁSICA Y62 EN EL RESTO DE ESCALAS.
Misma disposición, pero punto 24. Las entidades locales PODRÁN LIMITAR PARA CADA AÑO NATURAL Y CATEGORÍA EL Nº MÁXIMO DE FUNCIONARIOS QUE PODRÁN PASAR A SEGUNDA ACTIVIDAD.